Oficinas cerca de ti en: Orlando, Winter Park y Bartow, FL

Secuestro

Cargos Federales por Secuestro

Cada estado tiene leyes contra el secuestro, pero enfrentará cargos federales por secuestro si el delito implica cruzar líneas estatales. Llevar a alguien en contra de su voluntad a otro estado o fuera del país genera cargos bajo la Ley Federal de Secuestro. Al igual que los cargos por secuestro en Florida, los cargos federales pueden resultar en una condena de cadena perpetua.

Sin embargo, con cargos federales, se enfrenta al poder y recursos prácticamente ilimitados del Departamento de Justicia de los Estados Unidos en lugar de un fiscal estatal, por lo que es importante contar con un abogado penal federal experimentado y agresivo. Si enfrenta cargos federales en Florida, llame a los abogados defensores penales de Orlando en el Despacho de Abogados Rivas. Podemos ayudarlo a proteger sus derechos y luchar por su libertad. Llame al 407-644-2466 para una consulta gratuita.

¿El secuestro siempre es un delito federal?

La mayoría de los secuestros y sustracciones de menores son perpetrados por padres u otros familiares en disputas de custodia. Estos secuestros parentales, también llamados secuestros de menores por disputas domésticas, generalmente son manejados por agencias estatales de aplicación de la ley.

Las leyes federales de secuestro que entran en juego cuando un niño es llevado a otro estado o país son principalmente para ayudar a las fuerzas del orden estatales a localizar y devolver al niño. En estos casos, el gobierno federal puede actuar bajo la Ley de Delincuentes Fugitivos o la Ley de Prevención de Secuestro Parental.

La Sección 1201(b) del Código de EE. UU. permite que el FBI se involucre si una persona secuestrada es retenida durante más de 24 horas después de ser secuestrada, convirtiéndolo efectivamente en un delito federal con la suposición de que la víctima ha sido llevada a través de líneas estatales o fuera del país. Esto se entiende más como una herramienta de investigación que de aplicación. Si se descubre que la víctima no ha sido transportada fuera del estado, entonces las autoridades estatales generalmente procesarán el caso.

¿Cuál es la ley federal sobre el secuestro?

El secuestro federal está definido por 18 U.S.C. § 1201 como la incautación ilegal, confinamiento, secuestro o traslado de cualquier persona y su retención por rescate, recompensa u otros motivos, excepto en el caso de un menor por parte de su padre. Sin embargo, no todos los casos de secuestro están bajo jurisdicción federal. El gobierno federal solo puede procesar el secuestro si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • La víctima es transportada a través de fronteras estatales o internacionales, o el delincuente viaja o utiliza cualquier medio de comercio interestatal o extranjero para cometer o promover el delito.
  • La víctima se encuentra dentro de la jurisdicción marítima y territorial especial de los Estados Unidos, como en una base militar, un parque nacional o una aeronave.
  • La víctima es un funcionario extranjero, una persona protegida internacionalmente o un invitado oficial de los Estados Unidos.
  • La víctima se encuentra entre ciertos funcionarios y empleados de los Estados Unidos que son secuestrados mientras desempeñan sus funciones oficiales.

¿Cuáles son los pasos en un caso federal de secuestro?

Los pasos en un caso federal de secuestro son similares a los pasos en un caso penal estatal. El caso comenzará con una detención, seguida de una instrucción de cargos, una audiencia preliminar, un juicio y la sentencia.

En la instrucción de cargos, se le informará de los cargos en su contra y se le pedirá que presente una declaración. Puede declararse culpable, no culpable o no disputar. Si se declara culpable, el juez lo sentenciará de inmediato. Si se declara no culpable, el caso procederá a una audiencia preliminar.

En la audiencia preliminar, el juez determinará si hay suficiente evidencia para proceder con un juicio. Si el juez determina que hay evidencia suficiente, el caso procederá a juicio. En el juicio, la fiscalía presentará pruebas para demostrar que es culpable de secuestro. Usted tendrá la oportunidad de presentar pruebas en su defensa. El juez o el jurado decidirán entonces si es culpable o no culpable.

El castigo por cargos federales de secuestro

Si se le declara culpable, el juez lo sentenciará. La sentencia dependerá de los hechos de su caso, incluida la edad de la víctima, la gravedad de las lesiones que sufrió la víctima y si el secuestro resultó en la muerte. La pena máxima por un secuestro sin circunstancias agravantes, por ejemplo, si la víctima no resulta herida, es cadena perpetua. Si alguien muere durante la comisión del delito, incluso si no es la víctima secuestrada, la pena aumentada puede ser la pena de muerte.

Defensa de cargos federales de secuestro

Si enfrenta cargos federales de secuestro, necesita un abogado defensor experto y experimentado que pueda impugnar las pruebas y argumentos de la fiscalía. Algunas de las posibles defensas contra cargos federales de secuestro son:

  • Falta de intención: No tenía la intención de secuestrar o dañar a la víctima, sino que actuó bajo coacción, coerción, error o accidente.
  • Consentimiento: La víctima consintió en ir con usted o quedarse con usted voluntariamente, y no hubo uso de fuerza, fraude o engaño involucrado.
  • Coartada: No estuvo presente en la escena del delito o no tuvo participación en el secuestro.
  • Locura: Padecía un trastorno mental que afectaba su capacidad para comprender o controlar sus acciones en el momento del delito.
  • Inducido: Fue inducido por un agente del gobierno o informante para cometer un delito que de otro modo no habría cometido.

Estos son solo algunos ejemplos de posibles defensas que pueden aplicarse a su caso. Dependiendo de los hechos y circunstancias de su caso, su abogado defensor también puede impugnar la jurisdicción, el lugar, la acusación formal, la evidencia, los testigos o la sentencia. Su abogado defensor federal trabajará diligentemente para proteger sus derechos e intereses y buscar el mejor resultado posible para su caso.

Si enfrenta cargos federales, lo mejor es hablar con un abogado defensor penal experimentado y agresivo lo antes posible. Llame al 407-644-2466 para una consulta gratuita con un abogado defensor penal federal de Orlando en el Despacho de Abogados Rivas. Trabajaremos arduamente para proteger sus derechos y su libertad.

¿Preguntas?

Contenido